Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-08-2009

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0048

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación

2747 ORDEN 3576/2009, de 23 de julio, por la que se convoca el puesto de Director del Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, para su provisión por el sistema de Libre Designación.

Por Decreto 66/2006, de 2 de agosto, se crea el Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, y por la Orden 2340-01/2007 de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior y de la Consejería de Educación se regula la organización, funcionamiento y actividades complementarias del centro.

El Decreto, en su artículo quinto, determina que el primer nombramiento del equipo directivo se realizará por la Consejería de Educación con carácter extraordinario por un período de tres años, y en su artículo tercero establece que los sucesivos nombramientos de Director se realizarán mediante convocatoria pública por el procedimiento de Libre Designación. En virtud de esta norma se realizaron los primeros nombramientos del Director y los demás órganos unipersonales de Gobierno por un período de tres años, cuya vigencia finaliza el 31 de agosto de 2009.

Procede, por tanto, proceder a la inmediata provisión para el curso 2009-2010 del puesto de Director de dicho centro, reservado a funcionarios docentes de esta Administración Autonómica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, por lo que

DISPONGO

Primero

Hacer pública la convocatoria para la provisión del puesto de Director del Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús” reservado a funcionarios docentes de esta Administración Autonómica, mediante el sistema de Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, modificada parcialmente por la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas; en la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Decreto 66/2006, de 2 de agosto, por el que se crea el Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”; en la Orden 2340-01/2007 de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior y de la Consejería de Educación, se regula la organización, funcionamiento y actividades complementarias del centro, y en el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño establecidos en el Decreto 66/2006, de 2 de agosto, por el que se crea el Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, que se detallan en el Anexo a la presente Orden.

Cuarto

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en alguno de los siguientes lugares y formas:

— En el Registro General de esta Consejería, Gran Vía, número 10, 28013 Madrid.

— En los Registros de las Direcciones de Área Territorial de esta Consejería:

l Madrid Capital: Calle Vitruvio, número 2, 28006 Madrid.

l Madrid Norte: Avenida de Valencia, sin número, 28700 San Sebastián de los Reyes (Madrid).

l Madrid Sur: Calle Maestro, número 19, 28914 Leganés (Madrid).

l Madrid Este: Calle Alalpardo, número 19, 28806 Alcalá de Henares (Madrid)

l Madrid Oeste: Carretera de la Granja, sin número, 28400 Collado Villalba (Madrid).

— En el Registro General de la Comunidad de Madrid:

l Gran Vía, número 3, 28013 Madrid.

l Plaza de Chamberí, número 8, 28010 Madrid.

— En cualquier otro Registro de la Comunidad de Madrid, relacionados en la Orden 597/2005, de 15 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 18 de mayo).

— En los Ayuntamientos que hayan firmado convenio a estos efectos con la Comunidad de Madrid (información en el teléfono 012).

— En las oficinas de Correos o cualquiera de las dependencias a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se presentará en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos, antes de ser certificada.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo e historial académico y profesional serán los regulados en la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

A la solicitud se acompañará la documentación acreditativa de reu­nir los requisitos indispensables, así como de los méritos no preferentes, mediante certificaciones o fotocopias simples.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y documentos, la Dirección General de Recursos Humanos, una vez comprobado que reúnen los requisitos, y valorados los méritos, las enviarán a la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales y a la Dirección-Gerencia de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, a efectos de cumplir con el requisito establecido en el artículo 15 de la Orden 2340-01/2007, de 9 de mayo.

Sexto

Para la selección del Director se podrá realizar el trámite de entrevista previa.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de julio de 2009.

La Consejera de Educación,
 LUCÍA FIGAR DE LACALLE

ANEXO

Denominación: Director.

Localización: Centro Regional de Enseñanzas Integradas “Sagrado Corazón de Jesús”, de Madrid.

Requisitos indispensables para el desempeño:

Pertenecer a los cuerpos de:

— Catedráticos de Educación Secundaria (A0511).

— Profesores de Educación Secundaria (A0590).

— Profesores Técnicos de Formación Profesional (A0591).

Méritos no preferentes:

— Experiencia como Director de centro público dirigido a la atención de menores infractores.

— Experiencia como formador del profesorado en organización y funcionamiento de centros educativos.

— Acreditación para administrar Aulas Mentor.

— Conocimientos en informática educativa.

— Estar en posesión de otras titulaciones oficiales universitarias.

(03/26.923/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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