Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-08-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090820-0005

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

2774 RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2009, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de julio de 2009, por el que se declara la urgencia e interés 
general de la ejecución del proyecto de obras de reforma y ampliación del servicio de urgencias y de la Fase II del Plan Director del Hospital Clínico “San Carlos”, de Madrid.

Por el Consejo de Gobierno, con fecha 16 de julio de 2009, se adoptó, entre otros, el Acuerdo del siguiente tenor literal:

«I.  El Hospital Clínico “San Carlos” se localiza dentro del ámbito de la “Ciudad Universitaria” sobre un solar de 82.883 metros cuadrados de superficie. Tanto los terrenos como la edificación pertenecen a la Universidad Complutense de Madrid, si bien existe un concierto entre la Comunidad y la Universidad mediante el cual la Comunidad de Madrid asume la gestión integral del edificio.

Actualmente, las urgencias se encuentran situadas en la zona Este del complejo hospitalario, donde se encuentran también los Servicios Centrales de Diagnóstico y Tratamiento más importantes del Hospital, configurándose así como el “corazón” de los tratamientos hospitalarios. Esta relación de proximidad con el resto de los Servicios básicos hospitalarios exige mantener las urgencias en el bloque Este, puesto que es la única posición en la que se asegura la óptima conexión de este Servicio con el resto de los Servicios Clínicos y Generales.

El Servicio de Urgencias cuenta con una superficie construida total de 2.260 metros cuadrados, que resultan claramente insuficientes frente a los 5.510 metros cuadrados necesarios según el Plan Funcional de este.

La Consejería de Sanidad plantea ampliar las actuales instalaciones de urgencias con una construcción a realizar en el espacio exterior inmediatamente delante del acceso principal y manteniendo su posición actual. Esta nueva construcción consta de tres plantas, baja y primera que prolongarían los niveles correspondientes actuales y una planta sótano en donde se ubicarían las instalaciones de climatización necesarias para el Servicio de Urgencias que se proyecta.

II.  En relación con la propuesta planteada por la Consejería de Sanidad, hay que señalar, desde el punto de vista urbanístico, que el Hospital se encuentra dentro del ámbito del Plan Especial “Ciudad Universitaria” AOE 00.07, que fue aprobado definitivamente el 27 de julio de 2000.

El Plan Especial ya prevé 4.000 metros cuadrados edificables de reserva para la ampliación del Hospital, tal como se recoge en la Ficha de Desarrollo y Ordenación Específica DOE 131/01 “Hospital Clínico”; asimismo, el Plan Especial contempla la posibilidad de trasladar la edificabilidad procedente del derribo total o parcial de algunos de los edificios existentes, sin protección, para nuevas ampliaciones que mejoren la capacidad asistencial del Hospital, y que en la actualidad suponen una disponibilidad adicional de 1.914 metros cuadrados, correspondiente a la del pabellón de la antigua capilla, en desuso, resultando una disponibilidad de 5.914 metros cuadrados en total, superficie suficiente para realizar las actuaciones de ampliación previstas en el Plan Funcional que sirve de base a estas actuaciones, y que se estima en una superficie edificada de 5.510 metros cuadrados.

La práctica totalidad del edificio hospitalario está catalogado con un “Nivel 2: Estructural” de protección, que preserva la volumetría y los elementos arquitectónicos más destacados del edificio. La regulación urbanística para la edificación con este grado de protección queda recogida en las Normas Urbanísticas del Plan General, capítulo 4.3, “Protección de la edificación”.

En el caso de la ampliación prevista para el Servicio de Urgencias, esta se realiza sobre los terrenos ocupados por la existente entrada a este servicio: Marquesina y rampas de acceso, que no se encuentran dentro de las zonas catalogadas del Hospital.

La ampliación consiste en una edificación adosada a la fachada del edificio donde se encuentran las urgencias actuales. Consta de tres plantas: Dos superiores dedicadas a la actividad asistencial y la planta sótano, que alberga las instalaciones necesarias para su funcionamiento.

Igualmente se pretende actualizar la información recogida en la Ficha DOE.131/01 “Hospital” del Plan Especial con respecto a alguna de las actuaciones realizadas en los últimos años. Entre estas, el Pabellón “San Carlos”, que alberga las áreas de docencia, salón de actos y cafetería de personal del Hospital. Este edificio, ya construido, cumple con lo establecido en las fichas DOE en cuanto a no superar las tres plantas más ático sobre nivel de rasante y a su integración adecuada dentro del conjunto catalogado.

III.  El Ayuntamiento de Madrid denegó, con fecha 15 de junio de 2007, la licencia urbanística para la ampliación y reforma del Servicio de Urgencias; asimismo, el 10 de agosto de 2007, denegó la licencia solicitada para llevar a cabo las obras de la Fase II del Plan Director del Hospital Clínico “San Carlos”.

Previamente, con fecha 13 de abril de 2007, la reunión conjunta de la Comisión Local de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura y Deportes de la Comunidad de Madrid y de la Comisión de Control y Protección del Patrimonio del Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructura informó desfavorablemente la consulta previa de planeamiento para obras de ampliación de edificio de catalogación estructural, dado que las obras implican una modificación de la envolvente, alterándose la fachada Sureste de forma significativa; asimismo, indicó que se plantee el nuevo volumen o cuerpo de ampliación en otra ubicación que no afecte a los valores del edificio catalogado.

Posteriormente, con fecha 26 de junio de 2009, la Comisión Local de Patrimonio Histórico del municipio de Madrid, de la Vicepresidencia, de la Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, oída la exposición y debatido el tema, acuerda retirar el expediente para que el representante de la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid coordine las actuaciones relativas al proyecto de obras presentado con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

IV.  Al no ser posible la adaptación del proyecto a la ordenación urbanística, la Consejería de Sanidad, mediante escritos de 22 de diciembre de 2008 y 16 de febrero de 2009, solicita la declaración de urgencia e interés general, a los efectos previstos en el artículo 161 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para la ejecución de las obras de ampliación y mejora del Servicio de Urgencias, y mediante escrito de 23 de marzo de 2009, la de la Fase II del Plan Director del Hospital Clínico “San Carlos”, motivando dicha urgencia e interés general en los siguientes aspectos:

— En la actualidad se encuentra terminadas las Fases 0 y 1 y se están acometiendo las obras de la Fase II, cuyo objetivo es mejorar la calidad de la prestación del servicio público a través del acondicionamiento de las instalaciones, igualando al área Sur, remodelada en la Fase I; el área Norte del Hospital cuyas características actuales no son las más convenientes para la prestación de la asistencias sanitarias.

— Entre las obras de remodelación previstas en esta Fase II se encuentra una nueva ampliación y remodelación del Servicio de Urgencias, al haberse sobrepasado todas las previsiones que han derivado en una situación crítica obligando a una remodelación inmediata de este área.

Con la ejecución de estas obras se completaría totalmente la reforma integral prevista en el Plan Director del Hospital que pasará así a convertirse en uno de los más modernos de Madrid, tanto asistencial como técnicamente.

V.  Examinado el expediente por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, con fecha 30 de junio de 2009, emite informe en el que considera que las obras previstas entran dentro de las políticas regionales y los trámites previstos en el artículo 161 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, han sido cumplidos, encontrándose motivada la urgencia e interés general en la ejecución del proyecto de la Fase II del Plan Director del Hospital Clínico “San Carlos” y en la ampliación de su Servicio de Urgencias, por lo que procede elevar el expediente al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a fin de que, si lo estima procedente, aprecie los motivos de urgencia e interés general que exigen la ejecución de las obras, apruebe el proyecto de reforma y ampliación del Servicio de Urgencias y la Fase II del Plan Director del Hospital Clínico “San Carlos”, y ordene su ejecución y la incoación por el Ayuntamiento de Madrid de la correspondiente modificación del planeamiento urbanístico.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad Madrid, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de julio de 2009,

ACUERDA

Primero

Declarar la urgencia e interés general en la ejecución del Proyecto de Obras de Reforma y Ampliación del Servicio de Urgencias y de la Fase II del Plan Director del Hospital Clínico “San Carlos”, de Madrid, en base a los motivos expresados en los informes de la Consejería de Sanidad, de fechas 22 de octubre de 2008 y 16 de febrero y 23 de marzo de 2009.

Segundo

Aprobar el Proyecto de Obras de Reforma y Ampliación del Servicio de Urgencias y de la Fase II del Plan Director del Hospital Clínico “San Carlos”, de Madrid, promovidos por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, y ordenar su ejecución.

Tercero

Comunicar este Acuerdo al Ayuntamiento de Madrid para su conocimiento y efectos oportunos a fin de que se incoe el procedimiento de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana en el ámbito afectado por estas obras.

Cuarto

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.»

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 24 de julio de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/27.009/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090820-0005