Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090826-0071

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 935 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Esther Garrido Garrido, don Carlos Romero Delgado, don Juan Carlos del Prado Fernández, don Juan Carlos García Díaz, don Marcos Romero Romero, contra don Antonio López Barrios, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración de sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans resuelve: Que debo aclarar y aclaro la sentencia dictada el 21 de julio de 2009 en las presentes actuaciones, respecto del salario de don Juan Carlos del Prado Fernández especificado en el hecho probado primero de la misma, ya que el indicado es mensual y no diario, como por error se indica.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Antonio López Barrios, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.426/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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