Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090831-0145
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 35 DE MADRID EDICTO Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria de lo social del número 35 de los de Madrid y su provincia. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Marín Bite, doña Raquel Rodríguez Martínez, doña María del Carmen Vivar Gormaz, don Enrique Gómez Castillejo y doña María Georgeta Galdea, contra don Francisco Gil Medina, “Wolfram, Sociedad Anónima”, “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registradas con el número 556 de 2009 y acumulados, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia número 385 de 2009 En Madrid, a 30 de julio de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-556 de 2009, y acumulados números 557 de 2009, 558 de 2009, 559 de 2009 y 562 de 2009, don Marín Bite, doña Raquel Rodríguez Martínez, doña María del Carmen Vivar Gormaz, don Enrique Gómez Castillejo y doña María Georgeta Galdea, que comparecen asistidos del letrado don José Luis de Vicente Álvarez, y de la otra, como demandados, don Francisco Gil Medina, “Wolfram, Sociedad Anónima”, “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando como estimo las demandas de despido formuladas por los actores que a continuación se indican, contra “Wolfram, Sociedad Anónima”, y “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, don Francisco Gil Medina y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la nulidad del mismo; ante la imposibilidad de readmisión procede declarar resuelta la relación laboral a fecha de la presente resolución, con condena de forma solidaria de todos los demandados al pago a los actores de las siguientes indemnizaciones: A don Marín Bite, 5.763,84 euros. A doña Raquel Rodríguez Martínez, 26.452,12 euros. A doña María del Carmen Vivar Gormaz, 3.892,20 euros. A don Enrique Gómez Castillejo, 25.800,48 euros. A doña Marta Georgeta Galdea, 4.025,58 euros. Asimismo a los salarios de tramitación respectivamente desde 4 de marzo de 2009 a 30 de julio de 2009, a razón de 72,96 euros/día, 60,67 euros/día, 49,90 euros/día, 62,32 euros/día y 51,61 euros/día. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2808/0000/00/0556/09, en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Wolfram, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente. En Madrid, a 4 de agosto de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/27.531/09) |

