Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090831-0210

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 493 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de la Comunidad Autónoma de Madrid, contra don Víctor Alfonso Cóndor, don Cléver Leodan Vargas Morocho, don Mohammed Kasmi, “Construcciones Jacinto Montaleza, Sociedad Limitada”, “Recursos Aplicados a la Construcción, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Focos de Gestión de Proyectos, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento de oficio, se ha dictado resolución en fecha 26 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que desestimando la excepción de indebida acumulación de acciones y, entrando en el fondo del pleito, desestimando la demanda presentada por la Comunidad Autónoma de Madrid, contra “Construcciones Jacinto Montaleza, Sociedad Limitada”, “Focos de Gestión de Proyectos, Sociedad Anónima”, y “Recursos Aplicados a la Construcción, Sociedad Limitada Unipersonal”, siendo parte los trabajadores don Víctor Alfonso Cóndor, don Cléver Leodan Vargas Morocho y don Mohammed Kasmi, debo absolver y absuelvo a las mercantiles demandadas de la prestensión formulada.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recursos Aplicados a la Construcción, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.676/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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