Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090901-0011
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2009, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras de Redes Supramunicipales de Vivienda Pública en la parcela residencial “Vivienda de Protección Pública”, del Sector del Suelo Urbanizable Programado 1 “La Maquinilla”, del Plan General de Ordenación Urbana de Colmenar Viejo, promovido por el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), adoptando Acuerdo del siguiente tenor literal: «En virtud del contenido de los informes, técnico complementario y técnico-jurídico, de fechas 16 de julio y 19 de junio de 2009, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha 17 de julio de 2009, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ACORDÓ Primero Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de Redes Supramunicipales de Vivienda Pública en la parcela residencial “Vivienda de Protección Pública”, del Sector del Suelo Urbanizable Programado 1 “La Maquinilla”, del Plan General de Ordenación Urbana de Colmenar Viejo. No obstante, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico de 29 de julio de 2009, antes de que se inicien las actuaciones materiales de ejecución del planeamiento, deberán solicitarse y obtenerse los permisos y autorizaciones oportunas de esa Dirección General. Segundo Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.» En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 31 de julio de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/28.037/09) |