Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090902-0223

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Ricardo Cedillo Muñoz, contra la empresa “Instalaciones Eléctricas Rivas, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 379 de 2009, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente.

Sentencia número 358 de 2009

En Madrid, a 21 de julio de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos D-379/2009, seguidos a instancias de don Ricardo Cedillo Muñoz, que comparece asistido de la letrada doña María del Carmen Bachiller Villa y de la otra como demandada “Instalaciones Eléctricas Rivas, Sociedad Limitada”, que no compareció al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por don Ricardo Cedillo Muñoz, contra “Instalaciones Eléctricas Rivas, Sociedad Limitada”, sobre despido objetivo, debo declarar y declaro la nulidad del mismo por defecto de forma en la carta; al devenir imposible la readmisión procede declarar extinguida la relación laboral a fecha de la presente resolución con condena a la demandada al pago al actor de una indemnización de 15.888,60 euros, correspondientes a ciento noventa y cinco días de salario; asimismo a los salarios de tramitación devengados desde el 30 de enero de 2009 a la fecha de esta resolución (21 de julio de 2009) a razón de un salario/día de 81,48 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/
0000/00/0379/09 en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Eléctricas Rivas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 6 de agosto de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.832/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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