Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090904-0115
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID OTROS ANUNCIOS Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Servicio de Conservación y Edificación Deficiente Departamento de Intervención en la Edificación Se ha emitido informe con fecha 20 de abril de 2009 por los técnicos adscritos al Departamento de Intervención en la Edificación del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, en el que se pone de manifiesto lo siguiente: Se realiza visita a la finca para iniciar las obras recogidas en la resolución de fecha 9 de febrero de 2009. Para iniciar las obras de chequeos previstos, es necesario realizar calas en los techos de las dos viviendas de la planta tercera, no obteniendo la autorización para iniciar las mismas, por parte de los inquilinos de estas viviendas. Lo cual se comunica a los efectos de que se inicien las actuaciones necesarias por parte de los Servicios Jurídicos, que faciliten el acceso y el inicio de obras de las viviendas de la planta tercera. A la vista de lo expuesto, el director general de Ejecución y Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por su resolución de fecha 7 de mayo de 2009, ha dispuesto lo siguiente: Requerir a los inquilinos de las dos viviendas de planta tercera de la finca número 17 de la calle de Baleares de esta capital para que faciliten el acceso, de forma voluntaria, a dichas viviendas a los técnicos municipales adscritos al Departamento de Intervención del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente para que procedan a la realización de chequeos y a la adopción de las medidas de seguridad necesarias, en cumplimiento de la resolución de ejecución subsidiaria de fecha 9 de febrero de 2009. A tal fin, en el plazo de diez días deberán ponerse en contacto con la Sección Técnica de Obras Oeste del Departamento de Intervención en la Edificación (teléfono de contacto 915 881 199) para fijar día y hora en que pueda realizarse la entrada y acreditar su conformidad a facilitar dicho acceso y la realización de los chequeos y la adopción de las medidas de seguridad necesarias mediante escrito dirigido o comparecencia realizada en el Departamento de Intervención en la Edificación. En el supuesto de no producirse dicha acreditación en el citado plazo, se entenderá como una negativa a facilitar el acceso a las viviendas para que se proceda a la realización de chequeos y a la adopción de las medidas de seguridad necesarias; por lo que se solicitarían las correspondientes autorizaciones judiciales de entrada, siendo los perjuicios que dicha actitud pudiera conllevar con relación al estado de seguridad del edificio de su exclusiva responsabilidad. Esta resolución ponen fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la coordinadora general del Área de Urbanismo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente. Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos establecidos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 17 de agosto de 2009.—El jefe del Departamento de Intervención en la Edificación, L. Carlos Molina Arteche. (01/3.339/09) |

