Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-09-2009

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090907-0030

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE MÓSTOLES

EDICTO

Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de los de Móstoles.

Hago saber: Que en el juicio de faltas número 959 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de los de Móstoles ha acordado citar a don Claudiu Pinzaru Raymondo a fin de que el día 24 de septiembre de 2009, a las once y treinta horas, asista, en la Sala de vistas número 3, planta primera, a la celebración del juicio de faltas anteriormente indicado, seguido por amenazas (9 de octubre de 2008), en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de letrado, si bien este no es preceptivo.

Apercibiéndole que, de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho, y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En Móstoles, a 29 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Claudiu Pinzaru Raymondo, actualmente en paradero desconocido, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 16 de julio de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/26.458/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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