Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-09-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090910-0074

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MEJORADA DEL CAMPO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Una vez transcurrido el plazo de exposición pública de las modificaciones introducidas en la ordenanza fiscal número 23, reguladora de los precios públicos para la prestación de los servicios para la promoción de actividades culturales, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias contra las mismas, se entiende definitivamente aprobadas las mismas, cuyo texto se publica a continuación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local:

ORDENANZA NÚMERO 23: REGULADORA 
DE LOS PRECIOS PÚBLICOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN 
DE ACTIVIDADES CULTURALES.

Uso del salón de actos de la Casa de la Cultura

1.  Uso del salón de actos de la Casa de la Cultura en fines de semana y festivos. Se cobrará un precio público de 300 euros por evento, correspondiente a los gastos de conserjería y servicio técnico del salón.

2.  Uso del salón de actos de la Casa de la Cultura en días laborables. Se cobrará un precio público de 215 euros por evento, correspondientes a los gastos del servicio técnico del salón.

Obligados al pago

Están obligados a este pago las personas particulares, asociaciones o entidades y partidos políticos.

Exenciones

Estarán exentos de este precio público los centros educativos locales, las asociaciones de padres y madres de alumnos/as de los centros educativos de la localidad y los partidos políticos cuando los actos se desarrollen en campaña electoral.

(...)

En Mejorada del Campo, a 31 de agosto de 2009.—El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero.

(03/28.434/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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