Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090910-0005
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B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
Por Orden de 11 de junio de 2002, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, se aprueban las bases de convocatoria para la selección de personal en las categorías profesionales de Grupo V del Convenio Colectivo con el fin de formar bolsas de trabajo a los efectos de su contratación a tiempo cierto por la Administración de la Comunidad de Madrid, aprobándose y haciéndose públicas por Resolución de 4 de febrero de 2004, de la Dirección General de Función Pública, las bolsas de trabajo de las categorías profesionales de Grupo V del Convenio Colectivo para la contratación a tiempo cierto por la Administración de la Comunidad de Madrid. Siendo necesaria la cobertura de diversos puestos de trabajo y en atención al orden dispuesto en la Resolución anteriormente citada, se procedió a ofertarles a los candidatos que se indicarán posteriormente las ofertas contractuales correspondientes mediante las notificaciones oportunas. Intentada la notificación en los términos señalados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y como quiera que no se pudo practicar la misma en el último domicilio conocido de los candidatos afectados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la norma legal precitada, se realizó dicha notificación por medio del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, publicación que tuvo lugar el 3 de agosto de 2009, por la que se emplazaba a dichos candidatos a personarse, en el plazo de quince días naturales a partir del día siguiente a la citada publicación, en las dependencias de la Subdirección General de Planificación de Efectivos y Selección de la Dirección General de Función Pública, con objeto de ofertarles un puesto de trabajo al formar parte de la bolsa de trabajo anteriormente indicada y disponiendo, igualmente, que a quienes no comparecieran en el plazo referenciado se les entendería decaídos en la totalidad de los derechos que se derivaran de su pertenencia dicha bolsa. En virtud de cuanto antecede, transcurrido el plazo habilitado a estos efectos sin que dicha personación haya tenido lugar, en aplicación de la normativa referida, y en uso de las atribuciones que tiene legalmente atribuidas, esta Dirección General de Función Pública RESUELVE Excluir a los candidatos que se citan a continuación de las bolsas de trabajo de las categorías profesionales correspondientes al Grupo V del Convenio Colectivo para la contratación a tiempo cierto por la Administración de la Comunidad de Madrid: Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, recurso de alzada ante la Dirección General de Función Pública o ante la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en Madrid, a 25 de agosto de 2009.—El Director General de Función Pública, PS (Orden 24 de julio de 2009, del Consejo de Presidencia, Justicia e Interior), la Subdirectora General de Relaciones Laborales, Isabel Pemau González. (01/3.489/09) |

