Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-09-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090916-0055

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 1
DE NAVALCARNERO

EDICTO

Doña Gisela García de la Morena, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 252 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Navalcarnero, a 26 de noviembre de 2008.—Vistos por doña Ana Rosa Bernal Dafauce, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio de faltas seguidos al número 252 de 2008, sobre la presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como denunciante doña María Dolores Padilla Cid, y como denunciados don Omar R’Houni Cachache y doña Lorena Alonso San Antonio, quienes citados en debida forma no comparecieron, siendo perjudicado el establecimiento “Berska” del centro comercial “Xanadú” de la localidad de Arroyomolinos (Madrid), representado por don Eusebio Lozano Montes.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Omar R´Houni Cachache y a doña Lorena Alonso San Antonio, como autores de una falta de hurto, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas de este procedimiento, si las hubiera, entregándose la prenda al establecimiento propietario de forma definitiva, con imposición de la mitad de las costas.

Que debo absolver y absuelvo a don Omar R’Houni Cachache y a doña Lorena Alonso San Antonio como autores cada uno de una falta de amenazas, con declaración de las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Lorena Alonso San Antonio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 27 de agosto de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/28.600/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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