Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090916-0055
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 1 DE NAVALCARNERO EDICTO Doña Gisela García de la Morena, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 252 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: En Navalcarnero, a 26 de noviembre de 2008.—Vistos por doña Ana Rosa Bernal Dafauce, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio de faltas seguidos al número 252 de 2008, sobre la presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como denunciante doña María Dolores Padilla Cid, y como denunciados don Omar R’Houni Cachache y doña Lorena Alonso San Antonio, quienes citados en debida forma no comparecieron, siendo perjudicado el establecimiento “Berska” del centro comercial “Xanadú” de la localidad de Arroyomolinos (Madrid), representado por don Eusebio Lozano Montes. Fallo Que debo condenar y condeno a don Omar R´Houni Cachache y a doña Lorena Alonso San Antonio, como autores de una falta de hurto, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas de este procedimiento, si las hubiera, entregándose la prenda al establecimiento propietario de forma definitiva, con imposición de la mitad de las costas. Que debo absolver y absuelvo a don Omar R’Houni Cachache y a doña Lorena Alonso San Antonio como autores cada uno de una falta de amenazas, con declaración de las costas de oficio. Notifíquese esta sentencia a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Lorena Alonso San Antonio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 27 de agosto de 2009.—La secretaria (firmado). (03/28.600/09) |

