Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-09-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090917-0158

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Planeamiento Urbanístico

Departamento de Planeamiento de Protección

Unidad Técnico Jurídica 2

ANUNCIO

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión de 29 de julio de 2009, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, la Modificación del Plan Especial de Reforma Interior 6/1-R, Avenida de los Curtidos, en el ámbito de las parcelas A-23 y A-27 del Área de Planeamiento Incorporado API 06.11, “Avenida de los Curtidos”, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 del mismo texto legal.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo, junto con los parámetros urbanísticos del Plan Especial de Reforma Interior en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previo depósito del presente expediente en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local».

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, con fecha 6 de agosto de 2009.

Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 del precitado texto legal, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Parámetros urbanísticos para publicar con la aprobación definitiva de la “Modificación del Plan Especial de Reforma Interior, PERI 6.1-R, en la avenida de los Curtidos (parcelas A-23 y
 A-27 del IVIMA). 711/2008/26702

4.3.  Propuesta de parámetros formales.—En desarrollo y cumplimiento de las determinaciones de las fichas para las parcelas A-23 y A27 y de la aplicación de las Normas Urbanísticas se proponen los siguientes parámetros formales de edificación:

— De superficie de parcela:

l Parcela A23: 3.143,18 metros cuadrados.

l Parcela A27: 2.888,86 metros cuadrados

— De uso: dotacional de Administración pública.

— De la edificabilidad:

l Parcela A-23: 11.508 metros cuadrados edificables.

l Parcela A-27: 11.368 metros cuadrados edificables.

— De tipología: se propone una volumetría que pueda dar cabida, a edificios de uso administrativo, que se configurarán por dos elementos claramente diferenciados, por un lado los cuerpos de edificación que albergarán el uso y por otro, un elemento de cubrición del conjunto.

— De las condiciones estéticas: los salientes, vuelos, cornisas y aleros se mantendrán dentro del área de movimiento de la edificación.

— De la ocupación: podrá ocuparse la totalidad de la parcela.

— De la posición: el área de movimiento de la edificación es la definida por las alineaciones oficiales. La edificación podrá separarse de la alineación oficial en actuaciones por manzana.

La edificación directamente enfrentada a parcelas residenciales, guardará una separación al eje de la calle de al menos 3H/8, siendo H la altura de coronación del edificio, medida en la rasante de la acera en el punto medio de la fachada.

En el caso de cuerpos de edificación no paralelos a la alineación oficial, la separación al eje de la calle se medirá desde el punto medio de su fachada.

— De las alturas: la edificación desarrollará la edificabilidad en un máximo de seis plantas.

La altura máxima de coronación de la edificación será de 28,50 metros respecto de la cota de origen y referencia establecida en los planos números 7 y 8, “Alineaciones y rasantes”.

— Construcciones por encima de la altura máxima de coronación: se admiten faldones del elemento de cubrición, remates de las cajas de escaleras, casetas de ascensores, depósitos y otras instalaciones que no podrán sobresalir de la envolvente formada por los planos de inclinación máxima de 45° trazados por las líneas de coronación del elemento de cubrición y un plano horizontal que diste 33 metros respecto de la cota de origen y referencia establecida en los planos números 7 y 8, “Alineaciones y rasantes”. Se podrá admitir la superación de la envolvente por instalaciones que por razones técnicas derivadas de otra normativa sectorial lo justifiquen.

— De las alineaciones: son las establecidas en los planos número 7 y 8, “Alineaciones y rasantes”, y son coincidentes con las del PERI 6.1-R.

Descripción de la propuesta: la presente Modificación del Plan Especial establece una nueva altura de la edificación, modificando la establecida en el PERI 6.1-R, “Avenida de los Curtidos”, y la posición de la edificación en relación con la altura, señalando la cota de origen y referencia en el punto más bajo de la parcela. Esta modificación tiene por objeto, facilitar una solución volumétrica de la edificación acorde con el uso y características de la futura edificación.

Madrid, a 6 de agosto de 2009.—El secretario general del Pleno (por delegación de firma de 30 de julio de 2009), el subdirector general de asistencia técnica a las Comisiones del Pleno, Secretaría General del Pleno, Javier Ordóñez Ramos.

(03/29.832/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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