Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090922-0142
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 18 DE MADRID EDICTO En el juicio de procedimiento ordinario número 272 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente: Sentencia En Madrid, a 16 de octubre de 2008.—En nombre de Su Majestad el Rey, la señora doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid y su partido, habiendo visto los precedentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 272 de 2008, por demanda interpuesta por el procurador don Javier Álvarez Díez, en representación de don Eduardo Amat Ferré, doña Alicia Amat Ferré y doña Carmen Amat Molina, defendidos por la letrada señora Barroso Mena, contra los ignorados herederos de doña Mercedes Doménech Mansana, en rebeldía en los presentes autos. Fallo Se estima la demanda formulada por el procurador don Javier Álvarez Díez, en representación de don Eduardo Amat Ferré, doña Alicia Amat Ferré y doña Carmen Amat Molina, defendidos por la letrada señora Barroso Mena, contra los ignorados herederos de doña Mercedes Doménech Mansana, en rebeldía en los presentes autos, declarándose que: 1.o Que don Eduardo Amat Ferré, doña Alicia Amat Ferré y doña Carmen Amat Molina han adquirido por prescripción ordinaria la propiedad de la siguiente finca: piso primero, letra B, de la casa número 30 de la avenida de la Reina Victoria, de Madrid. 2.o Que los anteriores son titulares en pleno dominio en según los siguientes porcentajes: don Eduardo Amat Ferré, de un 25 por 100; doña Alicia Amat Ferré, de un 25 por 100, y doña Carmen Amat Molina, de un 50 por 100. 3.o Todo ello con imposición de las costas a la parte demandada. Expídanse los mandamiento oportunos al registrador del Registro de la Propiedad. Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación. En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a posibles herederos de doña Mercedes Doménech Mansana. En Madrid, a 23 de abril de 2009.—El secretario (firmado). (02/6.582/09) |

