Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-09-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090923-0301

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 2
DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

Don Jesús Valencia Sánchez, secretario del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares, antiguo mixto 4.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos sobre adopción de medidas paternofiliales sobre guarda y custodia y alimentos, señaladas con el número 820 de 2008, seguidos a instancias de doña Encarnación Jaime Sánchez, representada por la procuradora de los tribunales doña María del Mar Elipe Martín, contra don Juan Francisco Benito Tarango, en situación procesal de rebeldía y en paradero desconocido, en los cuales se ha dictado sentencia con fecha 18 de noviembre de 2008, que en lo conducente es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 1.232 de 2008

Magistrada-juez que la dicta: doña María del Rocío Montes Rosado.

Lugar: Alcalá de Henares.

Fecha: 18 de noviembre de 2008.

Parte demandante: doña Encarnación Jaime Sánchez.

Abogada: doña Cristina Sanz Núñez.

Procuradora: doña María del Mar Elipe Martín.

Parte demandada: don Juan Francisco Benito Tarango.

Abogado: sin profesional asignado.

Procurador: sin profesional asignado.

Objeto del juicio: medidas paternofiliales.

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña María del Mar Elipe Martín, en representación de doña Encarnación Jaime Sánchez, contra don Juan Francisco Benito Tarango, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas paternofiliales en relación con el menor Omar Benito Jaime, hijo de los anteriores y nacido el día 21 de julio de 2005:

Se atribuye a doña Encarnación Jaime Sánchez la guarda y custodia del menor, sin perjuicio del ejercicio conjunto de la patria potestad por ambos progenitores.

Se atribuye a don Juan Francisco Benito Tarango un derecho de visitas respecto de su hijo, que comprenderá los fines de semana alternos, entre las veinte horas del viernes y las veinte horas del domingo, así como la mitad de las vacaciones escolares de Semana Santa, Navidad y verano, eligiendo la madre los años pares y el padre los impares, salvo acuerdo expreso. El menor será en todo caso recogido y reintegrado en el domicilio materno por un familiar designado por el padre, comunicando dicha elección a la madre con la debida antelación, siempre con respeto a la orden de alejamiento dictada en su contra. Durante los períodos vacacionales quedará en suspenso el régimen de visitas de fin de semana.

Don Juan Francisco Benito Tarango abonará la suma de 400 euros mensuales, en concepto de pensión de alimentos a favor de su hijo, en doce mensualidades anuales, mediante ingreso en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que al efecto designe la actora. Dicha pensión será actualizada a fecha 1 de enero de cada año por aplicación del IPC o índice similar, y se abonará hasta que el menor alcance independencia económica o deje de convivir con la madre.

Ambos progenitores abonarán los gastos extraordinarios de su hijo por mitades iguales, siempre y cuando los mismos sean debidamente acreditados y justificados.

Se imponen al demandado las costas de este procedimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna, artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de la sentencia dictada al demandado, don Juan Francisco Benito Tarango, en situación procesal de rebeldía y en paradero desconocido, se expide el presente edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcalá de Henares, a 29 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/28.829/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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