Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-09-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090924-0038

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 68
DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.578 de 2008-V, sobre verbal de desahucio por falta de pago, se ha dictado sentencia de fecha 4 de diciembre de 2008, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 4 diciembre de 2008.—El ilustrísimo señor don Manuel Eduardo Regalado Valdés, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 68 de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal civil número 1.578 de 2008, promovidos por “Inmobiliaria Tajuña, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Moyano Núñez y asistida de la letrada señora Gorría Berbiela, contra don Álvaro Vicedo Laína, que versa sobre desahucio por falta de pago.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por “Inmobiliaria Tajuña, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Moyano Núñez, contra don Álvaro Vicedo Laína, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que se refleja en el hecho primero de la demanda, condenando al demandado a estar y pasar por tal declaración y a que deje libre, expedito y a disposición de la parte actora el inmueble arrendado de forma inmediata, con apercibimiento, en caso contrario, de proceder al lanzamiento en la fecha señalada, a saber, a las once ­cuarenta y cinco horas del día 3 de febrero de 2009, previa presentación por la parte actora de la correspondiente demanda de ejecución en los términos establecidos en el artículo 549 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y notificación del auto despachando ejecución a la parte ejecutada, y todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia podrá prepararse recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado rebelde, don Álvaro Vicedo Laína, cuyo paradero se desconoce, y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 31 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/10.604/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090924-0038