Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090924-0169

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número D-42 de 2009, hoy ejecución número 100 de 2009, a instancias de don Javier Alonso Rodríguez, contra la empresa “Producciones Artísticas Gestalt, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, en los que en fecha 7 de septiembre de 2009 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a la ejecutada “Producciones Artísticas Gestalt, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 2.860,88 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado.

Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así lo manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El ilustrísimo señor magistrado-juez (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Producciones Artísticas Gestalt, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado)

(03/29.824/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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