Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090926-0137
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
2008P1520 ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 18 de noviembre de 2008 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de la modificación de la Subestación Vicálvaro 45/15 kV, del que se acompaña el correspondiente proyecto de ejecución, firmado por don David Vindel Cottereau, visado con el número 3742/08, de fecha 25 de agosto de 2008, en el Colegio Nacional de Ingenieros de ICAI. Segundo Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000). Tercero En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968, de 29 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias. Segundo Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas, RESUELVE Primero Autorizar a “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, la reforma de la Subestación Vicálvaro (2008P1520 USE147), en calle Gran Vía del Este, con vuelta a calle Caliza, en el término municipal de Madrid, que consistirá en la adición de las siguientes posiciones: — Sistema de 45 kV: Constituido por celdas blindadas aisladas en gas hexafluoruro de azufre (SF6), alojadas en edificio, en configuración doble barra. l Una posición de protección de línea “Berrocales”. l Una posición de acoplamiento transversal de barras. — Sistema de 15 kV: Constituido por celdas servicio interior aislamiento en aire, alojadas en edificio, en configuración doble barra. l Cinco posiciones de protección de línea. De estas: Cuatro posiciones en dos celdas de doble salida de línea y una posición de una celda de simple salida. l Una posición de medida embarrado 7BA2 y 7BB2, doble barra doble salida. l Una posición protección de transformador 45/15 kV. — Protecciones: Todas las protecciones anteriormente indicadas estarán protegidas mediante interruptores automáticos, las de 45 kV para tensión máxima de 52 kV y corriente nominal 1.250 A (línea) y 2.500 A (acoplamiento) y poder de corte 31,5 kA; las de 15 kV para una tensión máxima de 24 kV, corriente nominal 1.250 A (líneas) y 2.500 A (trafo) y poder de corte 20 kA. Excepto la posición de medida, que no lo precisa. Segundo Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones: 1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes. 2. El plazo de ejecución de la instalación será de un año, contado a partir de la fecha de la presente Resolución, al término del cual se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente. Tercero La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos. Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999. Madrid, a 26 de agosto de 2009.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno. (02/10.213/09) |

