Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-09-2009

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090928-0027

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE FUENLABRADA

EDICTO

Doña Mónica Celada Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Fuenlabrada.

Doy fe y testimonio: Que en la ejecutoria número 101 de 2008, se ha dictado el presente auto, que en su encabezamiento y parte dispositiva, dice:

Auto

Magistrado-juez de instrucción don Fernando Felipe Orteu Cebrián.—En Fuenlabrada, a 20 de enero de 2009.

Parte dispositiva

Se declara firme la sentencia dictada en esta causa, haciéndose las anotaciones oportunas en los libros de registro.

Para su ejecución se acuerda lo siguiente:

Que se requiera a don Mohamed Daghmouni al pago de la multa de 360 euros a que fue condenado en sentencia de 7 de mayo de 2008, cantidad que deberá ingresar, en el plazo de una audiencia, en la cuenta de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2706000078010108, bajo apercibimiento de que, caso de no verificarlo, se procederá a su exacción por la vía de apremio, y, si resultara insolvente, se aplicará la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma en el plazo de tres días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Así lo dispongo, mando y firmo, don Fernando Felipe Orteu Cebrián, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Fuenlabrada.

Y para que conste y sirva de notificación y requerimiento a don Mohamed Daghmouni, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Fuenlabrada, a 28 de agosto de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/29.291/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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