Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-09-2009

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090928-0181

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 2 de septiembre de 2009, por la que se acuerda publicar el requerimiento a don Juan Crouvizier Garrigues para que firme su solicitud de interposición del recurso potestativo de reposición RR 673.1/09.

Intentado sin efecto el requerimiento a don Juan Crouvizier Garrigues para que firme su solicitud de interposición del recurso potestativo de reposición RR 673.1/09, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que ha tenido entrada en el Registro de esta Consejería, con fecha 6 de julio de 2009, su solicitud de recurso potestativo de reposición contra la Resolución dictada en el expediente RBE 0281010100038208L.

El plazo máximo para la resolución y notificación del recurso de reposición es de un mes, conforme establece el artículo 117.2 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y los efectos del silencio administrativo son desestimatorios, tal como dispone el artículo 43.2 en relación con el artículo 43.3 del repetido texto legal.

Asimismo, se le notifica que dado que el escrito de interposición del recurso no se ajusta a lo establecido en el artículo 110.1.c) de la mencionada Ley, ya que no consta la firma del recurrente, se le dirige el presente escrito a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, subsane dicha falta, bien sea compareciendo en la sede de esta Secretaría General Técnica (Área de Recursos e Informes), calle Princesa, número 3, planta tercera, de diez a catorce horas, al efecto de la firma del mismo o remitiendo el original del citado recurso debidamente firmado. Con la advertencia de que si así no lo hiciera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la citada Ley, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos del artículo 42 de la reiterada Ley procedimental.

Madrid, a 2 de septiembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/29.903/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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