Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090929-0235
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE BADAJOZ EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Fernando Barrantes Fernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Badajoz. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 309 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Díaz Parralejo, contra la empresa “Transportes Maneiro, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 375 de 2008 En Badajoz, a 24 de noviembre de 2008.—Vistos por don Emilio García-Cancho Murillo, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 2 de Badajoz y su provincia, los presentes autos, instados por don Francisco Javier Díaz Parralejo, frente a la empresa “Transportes Maneiro, Sociedad Anónima”, en procedimiento especial en materia de reclamación de cantidad, ha procedido a dictar la presente sentencia. Fallo Que debo estimar íntegramente, y así lo hago, la demanda interpuesta por don Francisco Javier Díaz Parralejo, contra la empresa “Transportes Maneiro, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, condenando a la entidad demandada a que abone al actor la cantidad de 4.188,16 euros, más los intereses legales por mora correspondientes. Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o de su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de la parte, su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 0338000065030908 en la oficina principal del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en el paseo de San Francisco, número 2, de esta ciudad. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento. Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Maneiro, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Badajoz, a 4 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/30.150/09) |

