Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-09-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090930-0201

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 5
DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

Don Manuel López Jara, secretario del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares.

Por medio del presente, hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 115 de 2008, a instancias de doña Esther Ofure Osemen frente a don Germán Daniel Mañe Avoro, en los que recayó sentencia, siendo el encabezamiento y fallo de la misma del tenor literal siguiente:

Encabezamiento

En Alcalá de Henares, a 25 de noviembre de 2008.—El ilustrísimo señor don Pedro Félix Álvarez de Benito, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de los de este partido, habiendo visto los presentes autos de juicio de divorcio seguidos en este Juzgado con el número 115 de 2008, a instancias de doña Esther Ofure Osemen, representada por el procurador señor Moreno Moreno, y asistida del letrado don Vicente Revenga Galiano, frente a don Germán Daniel Mañe Avoro, ha dictado la presente resolución en base a lo siguiente:

Fallo

I.  Estimando la demanda de divorcio presentada por el procurador señor Moreno Moreno, en nombre y representación de doña Esther Ofure Osemen frente a don Germán Daniel Mañe Avoro, constituyo la situación jurídica de divorcio del matrimonio integrado por doña Esther Ofure Osemen y don Germán Daniel Malle Avoro que se celebró el día 1 de septiembre de 2000, quedando disuelto el vínculo matrimonial que los unía.

II.  Acuerdo la adopción de las siguientes medidas:

El uso y disfrute de la vivienda familiar, sita en la calle Gonzalo Gil, número 6, ter­cero C, de Alcalá de Henares, se atribuye a doña Esther Ofure Osemen.

Sin expresa condena en costas.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá prepararse en un plazo de cinco días, contados desde la notificación de la presente resolución.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil correspondiente.

Así, por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado don Germán Daniel Mañe Avoro, en ignorado paradero, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente que firmo en Alcalá de Henares, a 2 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/30.089/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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