Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091001-0100
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.141 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Leila Salah, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Fondo de Garantía Salarial, “Psicogeriátrico el Manantial, Sociedad Limitada Laboral”, y “Fremap”, sobre seguridad social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo literal es el siguiente: Fallo Estimo la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por la mutua “Fremap”. Estimo la demanda de la actora, doña Leila Salah y declaro el derecho de dicha demandante a percibir la prestación de incapacidad temporal no percibida por el período comprendido del mes de agosto de 2007, por contingencias comunes, por importe de 657,41 euros, correspondiente al 75 por 100 de la base de cotización de 803,40 euros. Declaro responsable del pago de la incapacidad temporal a la empresa demandada, “Residencia Geriátrica el Manantial, Sociedad Limitada”, en concepto de anticipo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social abonará dicha cantidad a la actora. Asimismo, declaro la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social para el supuesto de insolvencia de la empleadora. En consecuencia, condeno a la empresa “Residencia Geriátrica el Manantial, Sociedad Limitada”, y al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, para que abonen a la actora el subsidio de incapacidad temporal conforme a las anteriores declaraciones. Absuelvo a la mutua “Fremap” de lo interesado con la demanda. Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Psicogeriátrico el Manantial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/30.408/09) |

