Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-10-2009

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091002-0008

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Decimotercera

EDICTO

Doña Laura Carrillo Abos, secretaria de la Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en rollo número 782 de 2007, seguido en esta Sección, como apelantes-demandantes, doña María Dolores Álvarez González y otros, contra apelados-demandados, don José Antonio Santos Gómez y otros, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia

Ilustrísimos señores magistrados: don Modesto de Bustos Gómez-Rico, don José González Olleros (ponente) y don José Luis Zarco Olivo.

En Madrid, a 21 de noviembre de 2008.—La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los señores magistrados expresados anteriormente, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario sobre determinación de cuotas y modificación de título, procedentes del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandantes-apelantes, doña María Dolores Álvarez González, doña Alejandra de Francisco Díez y doña Francisca Luzón Segovia, y de otra, como demandados-apelados, comunidad de propietarios de la calle San Roque, número 14, de Madrid; don José Antonio Santos Gómez, doña Rosario Villén Salto, Asociación Cultural Recreativa “La Farándula”, don Félix Viana Santamaría, don José Aurelio Macías Rodríguez, don Victoriano Guillermo Isasi Vidal y don Fernando y don Miguel Pérez Olmos,

Fallamos

Que estimando como estimamos el recurso de apelación interpuesto por la procuradora doña Pilar Cendrero Mijarra, en nombre y representación de doña Dolores Álvarez González, doña Alejandra de Francisco Díez y doña Francisca Luzón Segovia, contra la sentencia dictada por el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, con fecha 3 de julio de 2006, de la que el presente rollo dimana, debemos revocarla y la revocamos y en su lugar debemos acordar y acordamos la nulidad de las cuotas de comunidad asignadas a los copropietarios del inmuebles del inmueble sito en la calle San Roque, número 14, de Madrid, que pasarán a ser los siguientes:

Piso primero interior, 10,39 por 100.

Piso primero exterior, 20 por 100.

Piso segundo interior izquierda, 8,78 por 100.

Piso segundo interior derecha, 4,24 por 100.

Piso segundo exterior, 12,86 por 100.

Piso local bajo exterior, 22 por 100.

Piso bajo interior izquierda, 4 por 100.

Piso tercero interior derecha, 5 por 100.

Piso tercero exterior izquierda, 12,73 por 100.

Todo ello con imposición a los demandados de las costas causadas en primera instancia y sin que proceda hacer especial imposición de las causas en este recurso a ninguna de las partes.

Así por nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala número 782 de 2007, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.—Certifico.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Miguel Pérez Olmos y a don Fernando Pérez Olmos, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el tablón de anuncios de esta Sección, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/11.024/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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