Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.120.21: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091002-0017
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C) Otras Disposiciones Consejería de Empleo y Mujer
La Ley 5/2001, de 3 de julio, de Creación del Servicio Regional de Empleo, atribuye a este Organismo Autónomo Servicio Regional de Empleo la competencia para gestionar las políticas activas de empleo, y por consiguiente para resolver el procedimiento “Regulación procedimental de las prórrogas de las subvenciones para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local en el ámbito de la Comunidad de Madrid”. En ejercicio de dicha competencia y de acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, RESUELVO Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la recepción, por medios electrónicos, de la solicitud de inicio, así como de documentos adjuntos a la solicitud de inicio y aportación durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Regulación procedimental de las prórrogas de las subvenciones para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local en el ámbito de la Comunidad de Madrid”. La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del procedimiento “Regulación procedimental de las prórrogas de las subvenciones para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local en el ámbito de la Comunidad de Madrid”, que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Empleo y Mujer, siendo de aplicación el siguiente: “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Presentación de la solicitud de inicio del procedimiento, así como de documentos adjuntos a la solicitud de inicio y aportación durante la tramitación del expediente. Para la presentación de solicitudes, se utilizará el modelo normalizado disponible en www.madrid.org, se acompañará de acuerdo al procedimiento establecido al efecto en el sitio web de la Comunidad de Madrid, de la documentación expresamente indicada en la correspondiente ficha informativa para la acreditación de los requisitos objeto del trámite”. Madrid, a 28 de agosto de 2009.—La Directora General del Servicio Regional de Empleo, María Eugenia Martín Mendizábal. (03/31.679/09) |

