Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091005-0043

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 14
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.761 de 2008 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 20 de julio de 2009.—La ilustrísima señora doña María José García Juanes, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 14 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 1.761 de 2008, promovidos a instancias de “Galería de Alimentación Santa Ana, Comunidad de Bienes”, representada por el procurador de los tribunales don Federico J. Olivares de Santiago y asistido por el letrado don Antonio Arce Lozano, contra don Miguel Ángel Rodríguez Simón, declarado en rebeldía, sobre desahucio por falta de pago; y...

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Federico J. Olivares de Santiago, en nombre de “Galería de Alimentación Santa Ana, Comunidad de Bienes”, contra don Miguel Ángel Rodríguez Simón:

1.  Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que con referencia al local de negocio/local comercial (puesto número 15), sito en Madrid, calle Venancio Martín, número 14 (galería de alimentación “Santa Ana”), liga a las partes y, en su consecuencia, debo condenar y condeno a este demandado a que dentro del término legal desaloje y deje libre y a disposición de la parte actora dicho inmueble, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, se procederá a su lanzamiento y a su costa.

2.  Imponiendo expresamente las costas causadas en este procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente a su notificación.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Miguel Ángel Rodríguez Simón se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/10.920/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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