Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-10-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091009-0099

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MORALEJA DE ENMEDIO

OFERTAS DE EMPLEO

Resolución de Alcaldía 713/2009.—El 10 de septiembre de 2009 finalizó el segundo plazo de subsanación de defectos y omisiones en la documentación presentada por los aspirantes a participar en el procedimiento selectivo en tramitación en este Ayuntamiento para cubrir varias plazas de monitores deportivos, en régimen laboral fijo, incluidas en la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento correspondiente al año 2007. Tras un espacio de tiempo prudencial para recibir los documentos de subsanación que hubieran podido enviarse por vía distinta a la de su presentación en el registro de entrada del Ayuntamiento, procede ahora la aprobación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, así como su publicación y la determinación del lugar y fecha de comienzo de la fase de concurso.

Vista la normativa reguladora de la materia y, especialmente, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, todo ello en lo que dichas normas no resultan contradictorias ni se encuentran derogadas expresamente por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; las bases de la convocatoria, y demás normas aplicables.

Considerando que la competencia para dictar esta resolución corresponde al alcalde en virtud de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, antes citada.

Teniendo en cuenta las facultades que legal y reglamentariamente me están conferidas y en ejercicio de mis atribuciones, por la presente resuelvo:

Primero.—Aprobar la siguiente lista definitiva de excluidos a las pruebas selectivas convocadas por resolución de este alcalde 347/2009, de 28 de abril, para cubrir determinados puestos de trabajo de monitores deportivos, en régimen laboral fijo, incluidos en la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento correspondiente al año 2007:

Número de orden. — Apellidos y nombre. — Documento nacional 
 de identidad. — Causa de exclusión

1. — Menéndez Díaz, Raúl. — 51080595-X. — (1).

2. — Escribano Sañudo, Alejandro. — 11818996-D. — (1).

(1)  No acredita estar en posesión de la titulación exigida, o en condiciones de obtenerla.

Segundo.—Declarar que el resto de aspirantes no incluidos en la anterior lista han resultado definitivamente admitidos en dicho procedimiento, aprobándose en este acto la correspondiente lista definitiva de admitidos.

Tercero.—El tribunal calificador de las pruebas selectivas queda integrado por los siguientes miembros:

Presidente titular: doña Juana Molero Méndez; coordinadora de Deportes del Ayuntamiento; presidente suplente, don Carlos Santos Martín, monitor deportivo del Ayuntamiento.

Secretario titular: don Antonio López Gómez, secretario del Ayuntamiento; secretario suplente, doña Ana María Lucas Alcañiz, agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento.

Primer vocal titular: don José Luis Gutiérrez Gómez, monitor deportivo del Ayuntamiento; primer vocal suplente, doña Marta Ferrero Bachiller, agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento.

Segundo vocal titular: don José Luis López Romojarro, monitor deportivo del Ayuntamiento; segundo vocal suplente, doña Pilar Muñoz Fernández, funcionaria del Ayuntamiento.

Tercer vocal titular: don José Luis Aguado Garnelo, subdirector general de Promoción Deportiva de la Comunidad de Madrid; tercer vocal suplente, don Ricardo Echeita Sarrionaindía, jefe del Servicio de Deporte Escolar de la Comunidad de Madrid.

Los miembros del tribunal percibirán sus asistencias y kilometraje de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación, quedando autorizados a utilizar vehículo propio.

Cuarto.—La lista certificada y completa de aspirantes definitivamente admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de edictos de la Casa Consistorial.

Quinto.—Los interesados podrán recusar a los miembros del tribunal en los términos de los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexto.—El inicio de las pruebas selectivas (baremación de méritos de los aspirantes, fase de concurso) tendrá lugar en la Sala de juntas de la Casa Consistorial, ubicada en la plaza de España, número 1, de esta localidad, comenzando a las nueve horas del viernes 16 de octubre de 2009.

Séptimo.—El mismo día y en el mismo lugar se realizarán las entrevistas que forman parte de la fase de concurso, dando comienzo las mismas a partir de las trece horas. El orden de actuación comenzará por el primer aspirante, por orden alfabético, cuyo primer apellido comience por la letra “W”, y de no haber ninguno, por el primero, por orden alfabético, cuyo primer apellido comience por la letra “X”, y así sucesivamente.

Octavo.—La presente resolución se publicará en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y de la misma se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión ordinaria que celebre.

Noveno.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa respecto de los pronunciamientos que contiene, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o bien, alternativamente, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera otros recursos que se consideren procedentes.

Lo que se dicta en Moraleja de Enmedio, a 18 de septiembre de 2009.—Ante mí, el secretario (firmado).—El alcalde (firmado).

(02/10.866/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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