Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-10-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091009-0109

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PERALES DE TAJUÑA

OTROS ANUNCIOS

De conformidad con lo previsto en los artículos 15, 16, 17, 18 y 21 de la Ley 7/1985 y la resolución de 28 de abril de 2005, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y Dirección General de Cooperación Local, y no siendo posible localizar a posible efectuar por otro medio la notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se informa a los interesados que figuran en el anexo publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 22 de julio de 2009 (página 94), que mediante resolución del alcalde, de 18 de septiembre de 2009, ha sido declarada la caducidad de su inscripción en el padrón de habitantes de Perales de Tajuña, al haber finalizado el plazo para su renovación, sin que la misma se haya producido.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, ante el alcalde de este Ayuntamiento de Perales de Tajuña, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Perales de Tajuña, a 18 de septiembre de 2009.—El alcalde-presidente, José Andrés García López.

(02/10.942/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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