Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091010-0061
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D) Anuncios Consejería de Empleo y Mujer
Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General RESUELVE Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 21 de agosto de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. Expediente número: PCM-0334/2009. En Madrid, a las once y quince horas del martes 9 de junio de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por: Presidente: Don Jesús Manjón Montero. Vocal: Don Luis Campoamor Fernández. Vocal: Doña Ingrid Fernández Jiménez. Secretario: Don Antonio Chico Fernández. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles 3 de junio de 2009, para conocer del expediente citado. De una parte, constan como citados y comparecen: Don José Luis Roldán García, en calidad de Director de Recursos Humanos. Don José Manuel Pereira Menaut, en calidad de Asesor. Empleadora: “Transportes García de la Fuente, Sociedad Anónima”, con domicilio en calle Laurel, número 18, Madrid. De otra parte, constan como citados y comparecen: Don Antonio Esteban de Oro, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Luis Domínguez Prada, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Francisco Javier Perellón Hernando, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Julio García Collado, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don José María Ruiz de la Torre, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don José Luis de Lucas Martínez, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Diego Bayona del Moral, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Manuel Rodríguez Moreno, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don José Arévalo Pérez, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Juan Carlos Gómez Parra, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Pedro García Navas, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Antonio López Barbachano, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Carlos Ángel Pérez Carrillo, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Francisco Javier Núñez Muñoz, en calidad de asesor de CC OO. Doña Ana Isabel Soria Isla, en calidad de asesora de CC OO. Don Benjamín Collado Gimón, en calidad de asesor de CC OO. Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por el representante legal de la empresa “Transportes García de la Fuente, Sociedad Anónima” ABIERTO EL ACTO La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura. Realizado el Acto de Conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos: EXPONEN 1.o Que siguiendo la práctica instaurada desde hace años, con fecha 9 de junio de 2008 suscribieron ambas partes un pacto de empresa, por el que se regulan las condiciones de trabajo existentes en el ámbito de la misma, que en su conjunto y cómputo anual es notablemente superior al convenio colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera y Operadores de Transporte de la Comunidad de Madrid. 2.o Que ambas representaciones, la de la sociedad y la de los trabajadores, han venido manteniendo conversaciones en el seno de la empresa en relación con el citado pacto colectivo, en las que han considerado los distintos factores que inciden en la producción y las difíciles circunstancias por las que atraviesa el desarrollo de la actividad, como consecuencia de la crisis generalizada que se padece en España de forma muy acusada, con una demanda de transporte de mercancías que en la actualidad es notablemente inferior a la oferta, y estimando como objetivo prioritario en el momento presente mantener, y si es posible mejorar, las condiciones de competitividad de la empresa como requisito para el mantenimiento de sus puestos de trabajo; han alcanzado por unanimidad el siguiente ACUERDO Se mantiene en sus propios términos y cuantías el pacto colectivo suscrito por la representación de los trabajadores y la de la empresa con fecha 9 de junio de 2008, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 13 de octubre de 2008. El salario base, el plus de convenio y los bienios y quinquenios del complemento de antigüedad seguirán percibiéndose hasta el 31 de diciembre de 2009, fecha en que finaliza la vigencia de este pacto de empresa, en las cuantías vigentes desde el 1 de mayo de 2008, sin incremento alguno ni tampoco reducción derivada del hecho de ser inferior el IPC real de dicho año al previsto para fijación de las tablas. En el mes de enero de 2010 se procederá por ambas partes al estudio de un nuevo pacto colectivo que sustituya al anterior. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece. El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral. Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las once y treinta horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado). (03/30.000/09) |

