Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-10-2009

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091010-0064

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 21 de agosto de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Herrero y Castro

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 21 de agosto de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número: PCM-0332/2009.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del miércoles 10 de junio de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Julio Robledo Palomar.

Vocal: Don Mariano López de Ayala Genovés.

Vocal: Don Pedro Baena Pérez.

Vocal: Don Salustiano Forteza Sánchez.

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles 3 de junio de 2009, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Fausto Saavedra Meléndez, en calidad de Asesor Jurídico.

Empleadora: “Herrero y Castro, Sociedad Limitada”, con domicilio en calle San Cesáreo, sin número, Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Doña Ana Oller Alarcón, en calidad de representante de la Federación Minerometalúrgica CC OO Madrid.

Don José Manuel Huerta Gómez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Pedro Galán Moyano, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto,
según escrito introductorio presentado por la Federación Minerometalúrgica de CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el Acto de Conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1.  Se acuerda mantener el horario planteado por la empresa el 15 de abril de 2009 hasta que se produzca la negociación para el calendario de 2010 y como máximo hasta el 15 de abril del citado año.

2.  Se hace entrega en este acto de los depósitos de cuentas anuales de 2006, 2007 y un avance del ejercicio 2009 materializado en un balance y cuenta de pérdidas y ganancias.

3.  La empresa se compromete con la mayor diligencia e interés prioritario con respecto a cualquier deuda mensual al pago de los salarios conforme la normativa legal, evitando el fraccionamiento del mismo en la mayor medida de sus posibilidades.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las once horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/29.997/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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