Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091010-0106

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 849 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Kely Acosta Sevilla, contra las empresas “Ilico Clean y Services, Sociedad Limitada”, Innovaciones en Limpiezas y Conservación, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Aplicación de Sistemas Antideslizantes, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 401 de 2009

En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto los presentes autos número 849 de 2009, seguidos entre partes, de una y como demandante doña Kely Acosta Sevilla, mayor de edad, con documento nacional de identidad número y domicilio que consta en autos, asistida del letrado don José Luis Rincón Maroto, y de otra, y como demandadas, “Aplicación de Sistemas Antideslizantes, Sociedad Limitada”, “Iuco Clean y Services, Sociedad Limitada”, e “Innovaciones en Limpieza y Conservación, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a estar citados en legal forma. Tampoco comparecen el Fondo de Garantía Salarial y el ministerio fiscal, también citados en legal forma. Versando los autos sobre despido, dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente

Fallo

Que, estimando parcialmente la demanda formulada por doña Kely Acosta Sevilla, contra “Aplicación de Sistemas Antideslizantes, Sociedad Limitada, “Ilico Clean y Services, Sociedad Limitada”, e “Innovaciones en Limpieza y Conservación, Sociedad Limitada”, debo hacer los siguientes pronunciamientos:

Primero: Absolver a “Innovaciones en Limpieza y Conservación, Sociedad Limitada”, de los pedimentos deducidos en su contra.

Segundo: Declarar la improcedencia del despido de la actora de fecha 30 de abril de 2009, declarando extinguida con efectos desde la fecha de la presente resolución la relación laboral habida entre la demandante y las empresas “Aplicación de Sistemas Antideslizantes, Sociedad Limitada”, e “Ilico Clean Services, Sociedad Limitada”, condenando a estas a pagar a la actora las siguientes cantidades:

Indemnización: 1.720,80 euros.

Salarios de tramitación: 2.562,08 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación.

Previniendo a la empresa que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento, abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a las demandadas “Ilico Clean y Services, Sociedad Limitada”, “Innovaciones en Limpieza y Conservación, Sociedad Limitada”, y “Aplicació nde Sistemas Antideslizantes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.775/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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