Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091012-0297

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número 588 de 2009, hoy ejecución número 145 de 2009, a instancias de doña Victoria Casero Hernández, contra la empresa “Finanzalia Serv. Financieros, Sociedad Anónima”, en reclamación por cantidad, en los que en fecha 15 de septiembre de 2009 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a la ejecutada “Finanzalia Serv. Financieros, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total con carácter provisional por importe de 3.795 euros. Insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b)  Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Finanzalia Serv. Financieros, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.964/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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