Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091014-0200
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 226 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Ortiz Rodríguez, contra la empresa “Metro de Suelo 2005, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones: Sentencia número 225 de 2009 En Madrid, a 2 de junio de 2009.—Doña María Luisa Segura Rodríguez magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por despido entre partes, de una y como demandante, don Francisco Javier Ortiz Rodríguez, asistido del letrado don Miguel Ángel Poza Peña con número de colegiado 56876, y de otra, como demandada, “Metro de Suelo 2005, Sociedad Limitada”, que no compareció pese a estar citada en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, representada por el letrado Víctor García Rodríguez, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia: Fallo Estimando la demanda interpuesta por don Francisco Javier Ortiz Rodríguez, frente la empresa “Metro de Suelo 2005, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido efectuado el día 3 de enero de 2009, y estando el centro de trabajo cerrado y sin actividad, declaro extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos desde la fecha de la presente sentencia y, por tanto, condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 1.091 euros en concepto de indemnización, y de 7.270 euros en concepto de la totalidad de salarios de tramitación, sin perjuicio de tener en consideración que el señalamiento previsto para el día 4 de mayo de 2009 fue objeto de suspensión a petición del demandante. Respecto del Fondo de Garantía Salarial no se efectúa declaración expresa de absolución o condena sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena en “Banesto”, en calle Orense, número 19, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1143, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 226 de 2009, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio el recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 150,25 euros al tiempo de la formalización del recurso en la cuenta corriente número 0030/1143/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado con el escrito de formalización. Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencia de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo. Auto En Madrid, a 19 de junio de 2009. Parte dispositiva: En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. Dispongo: No ha lugar a lo solicitado toda vez que dicha declaración no se efectuó en el acto de juicio. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Metro de Suelo 2005, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/31.804/09) |

