Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-10-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091014-0164

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado, en resolución de esta fecha los autos de juicio número 348 de 2008, seguidos a instancias de doña Carmela Benítez Ramires, contra “Construgestión Calero, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, por la presente para que comparezca ante este Juzgado el día 16 de diciembre de 2009, a las diez y treinta y cinco horas, a la celebración de los actos de conciliación, si procede, y juicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderá por falta de asistencia y que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse. Al propio tiempo, se le cita para que concurra al acto al efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte si así se hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que le perjudiquen, y de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Asimismo se le requiere para que aporte la documentación a que se refiere la resolución cuya copia se adjunta, bajo los apercibimientos legales.

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de septiembre de 2009.—Dada cuenta; por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el libro de su razón; y…

Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por doña Carmela Benítez Ramires, contra “Promociones y Contratas Vensata, Sociedad Limitada”, “Construgestión Calero, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad.

Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y, en su caso , de juicio, para lo cual se señala el día 16 de diciembre de 2009, a las diez y treinta y cinco horas, haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados.

Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el juicio por la incomparecencia de la demandada, citada en forma, en cuyo caso se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración, y previniéndose a la demandante que si no comparecer ni alega causa justa, que a juicio del juzgador motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistida de su demanda.

A los otrosí: se tiene pro hechas las manifestaciones que contiene.

Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora.

Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de juicio a responder al interrogatorio de la contraparte que sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 euros a 601,01 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar a dicho recurso.

Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6. Doy fe.—Ante mí (firmado).

Y para que tenga lugar la citación ordenada de “Construgestión Calero, Sociedad Limitada”, con domicilio en calle Padre Claret, número 19, 35200 El Calero (Telde), expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de septiembre de 2009.—El secretario, Ismael Cubero Truyo.

(03/32.380/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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