Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091015-0095
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.023 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marylín Calderón Arvalo y doña Cristina Gómez García, contra la empresa “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 472 de 2009 En Madrid, a 14 de septiembre de 2009.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por despido, seguido ante este Juzgado con el número 1.023 de 2009, a instancias de doña Marylín Calderón Arvalo y doña Cristina Gómez García, asistidas de la letrada doña Alicia Santos Hernández, frente a la empresa “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente: Fallo Que estimando las demandas de despido entabladas por doña Marylín Calderón Arvalo y doña Cristina Gómez García, contra la empresa “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido objeto de este procedimiento de fecha 30 de mayo de 2009, así como la extinción de la relación laboral de las demandantes en la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa demandada a abonar a las trabajadoras la suma de 2.195,10 euros por el concepto de indemnización a doña Marylín Calderón y la suma de 2.123,63 euros a doña Cristina Gómez, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la presente resolución y que ascienden para doña Marylín Calderón a 5.219,46 euros y para doña Cristina Gómez a 4.328,15 euros. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario corresponda al Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Castelo Shoes Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/31.789/09) |

