Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-10-2009

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091016-0226

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE VIOLENCIA
SOBRE LA MUJER

JUZGADO NÚMERO 6
DE MADRID

EDICTO

Doña Carolina Cubero Flores, secretaria judicial del Juzgado de violencia sobre la mujer número 6 de Madrid.

Hago constar: Que en los autos de juicio verbal número 5 de 2008 se ha dictado sentencia de 3 de abril de 2009, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que, estimando en parte la demanda interpuesta por doña Malgorzata Wojaczek, representada por la procuradora doña Marta Franch Martínez, contra don Andrezj Piontek, debo acordar y acuerdo la adopción de las siguientes medidas definitivas:

Primera.—Atribuyo la guarda y custodia del hijo menor común, Maciej Piotr, nacido el 22 de febrero de 2003, a la madre, doña Malgorzata Wojaczek, la cual ejercerá en exclusiva y totalmente la patria potestad sobre el menor.

Segundo.—No se establece régimen de visitas a favor del padre, don Andrezj Piontek, suspendiéndole al mismo las visitas respecto a su hijo, Maciej Piotr.

Tercero.—Establezco una pensión de alimentos de 180 euros para el hijo menor y con cargo al padre, don Andrezj Piontek, que será abonada por este dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la madre del menor y que se actualizará anualmente en función del IPC que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya, siendo la primera actualización con efectos de 1 de enero de 2010. El padre abonará, asimismo, la mitad de los gastos extraordinarios del hijo menor.

Las presentes medidas podrán ser modificadas cuando se alteren sustancialmente las circunstancias, todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer recurso de apelación del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará ante este mismo Juzgado en un plazo de cinco días a partir de su notificación, por medio de escrito en el que el apelante se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Andrezj Piontek, al encontrarse el mismo en ignorado paradero, se expide la presente en Madrid, a 15 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/32.429/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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