Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091019-0023
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VALDILECHA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público quedan automáticamente elevados a definitivos los acuerdos plenarios provisionales adoptados por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 7 de agosto de 2009, sobre aprobación inicial de la ordenanza de supresión de ficheros de datos de carácter personal, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Ordenanza municipal para la supresión de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Valdilecha La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad, así como de limitación y vulneración del derecho a la autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona. Por ello, el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y establece mecanismos para su garantía. La Constitución española, en su artículo 18, reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la “Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”. El Tribunal Constitucional, interpretando este artículo, ha declarado en su jurisprudencia, y especialmente en sus sentencias 290/2000 y 292/2000, que el mismo protege el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, otorgándole una sustantividad propia. Este derecho ha sido denominado por la doctrina como “derecho a la autodeterminación informativa”, o “derecho a la autodisposición de las informaciones personales” y, que, cuando se refiere al tratamiento automatizado de datos, se incluye en el concepto más amplio de “libertad informativa”. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental. Es responsabilidad de las Administraciones Locales lo concerniente a la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal. El artículo 20, de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición de carácter general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente. De conformidad con el artículo 41.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 2 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, la Corporación Local en materia de protección de datos, queda bajo el ámbito de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En estos términos, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, las Corporaciones Locales crearán, modificarán y suprimirán sus ficheros mediante la correspondiente ordenanza municipal, o cualquier otra disposición de carácter general, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y, en su caso, en la legislación autonómica. Primero. Supresión de ficheros.—Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal recogidos en el anexo I. Segundo. Medidas de seguridad.—Los ficheros automatizados que por la presente ordenanza se suprimen cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El motivo de la supresión es la declaración de los mismos por duplicado. Con fecha 1 de diciembre de 2008 recibimos escrito de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid en el que se nos requiere para la realización de informes de auditoría del fichero “Tributos”. Según los datos que obran en nuestro poder, la legalización de los ficheros que relacionamos a continuación se produce a través de acuerdo de Pleno de 23 de diciembre de 1995. No obstante, hemos podido constatar que en esta fecha no se celebró sesión de Pleno y, por tanto, no se pudo realizar dicho acuerdo, dicho alta se debió producir por acuerdo del órgano competente en materia de protección de datos existente con anterioridad a la Agencia de Protección de Datos. 2013410204. PADRÓN. RELACIÓN DE LOS RESIDENTES Y TRANSEÚNTES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL. 2013410205. TRIBUTOS. GESTIÓN TRIBUTARIA. El 8 de marzo de 2008 se aprueba la ordenanza municipal para la creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Valdilecha, en la cual se legalizan los siguientes ficheros: 2082610001. PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES. 2082610002. REGISTRO ENTRADA-SALIDA. REGISTRO ENTRADA-SALIDA. 2082610003. GESTIÓN ECONÓMICA. GESTIÓN ECONÓMICA. 2082610004. IMPUESTOS MUNICIPALES. TASAS MUNICIPALES. 2082610005. PERSONAL MUNICIPAL. PERSONAL MUNICIPAL. 2082610006. CASA DE NIÑOS. CASA DE NIÑOS. 2082610007. RECAUDACIÓN EJECUTIVA. RECAUDACIÓN EJECUTIVA DE TRIBUTOS. 2082610008. REGISTRO DE ANIMALES. REGISTRO DE ANIMALES. 2082610009. LICENCIAS MUNICIPALES. LICENCIAS MUNICIPALES. 2082610010. IMPUESTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS. IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. 2082610011. IMPUESTO BIENES INMUEBLES. IMPUESTO BIENES INMUEBLES. 2082610012. IMPUESTOS VEHÍCULOS. IMPUESTOS VEHÍCULOS. 2082610013. POLICÍA LOCAL ADMINISTRACIÓN. POLICÍA LOCAL ADMINISTRACIÓN. 2082610014. ACTUACIONES POLICIALES. ACTUACIONES POLICIALES. Posteriormente, con fecha 23 de septiembre de 2008, recibimos notificación de APDCM de resolución de inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales. Los ficheros de la primera relación se duplican con los de la segunda, y, además, no consta que aquellos se hubieran dado de alta mediante acuerdo de Pleno; por ello, se procede a la tramitación de la baja de los ficheros: Fichero: 2013410204. PADRÓN. RELACIÓN DE LOS RESIDENTES Y TRANSEÚNTES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL. Los datos correspondientes al fichero padrón de habitantes están integrados en el fichero padrón municipal de habitantes con código 2082610001. Fichero: 2013410205. TRIBUTOS. GESTIÓN TRIBUTARIA. Los datos correspondientes al fichero padrón de habitantes están integrados están integrados en el fichero padrón municipal de habitantes con código 2082610004. Tercero. Publicación.—De conformidad con la vigente normativa se ordena que la presente ordenanza sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. ANEXO I SUPRESIÓN DE FICHEROS Fichero: 2013410204. PADRÓN. RELACIÓN DE LOS RESIDENTES Y TRANSEÚNTES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL. Los datos correspondientes al fichero padrón de habitantes están integrados en el fichero padrón municipal de habitantes con código 2082610001. Fichero: 2013410205. TRIBUTOS. GESTIÓN TRIBUTARIA. Los datos correspondientes al fichero padrón de habitantes están integrados en el fichero padrón municipal de habitantes con código 2082610004. Valdilecha, a 28 de septiembre de 2009.—El alcalde-presidente, Ángel Pedro Fernández Benito. (03/32.342/09) |

