Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091020-0077
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 179 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia Talavera Muñoz, contra don Francisco Gil Medina, “Wolfram, Sociedad Anónima”, y “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Poner a disposición de la parte actora la cantidad obtenida en el embargo preventivo y que asciende a 5.726,21 euros, para lo cual deberá comparecer en este Juzgado una vez firme la presente resolución. b) Despachar ejecución solicitada por doña María Antonia Talavera Muñoz, contra “Wolfram, Sociedad Anónima”, “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, y don Francisco Gil Medina, por un importe de 40.439,91 euros de principal, más 4.043 euros y 4.043 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. c) Ratificar el embargo de bienes de los demandados practicado por auto de fecha 16 de abril de 2009. d) Se advierte y requiere a los ejecutados en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. e) Adviértase a los ejecutados que si dejan transcurrir los plazos que se les conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se les podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrasen. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal.) Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Wolfram, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/31.963/09) |

