Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-10-2009

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091021-0021

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Sanidad

3473 ORDEN 710/2009, de 2 de octubre, por la que se modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Sanidad.

Sobre la base de la habilitación que establece la disposición adicional primera del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros, se ha procedido a modificar el órgano responsable y de acceso de determinados ficheros que contienen datos de carácter personal, con el objeto de ajustarlos a la nueva estructura orgánica de la Comunidad de Madrid.

El artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece la obligación, por parte del responsable del fichero, de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, tipificándose el incumplimiento de esta obligación como infracción de carácter grave en el artículo 44.3.h) de la misma norma.

Por otro lado, la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, obliga a determinar el nivel de seguridad aplicable a cada uno de los ficheros que traten datos de carácter personal, sean estos objeto de un tratamiento automatizado o no. Con el fin de regularizar el contenido de las inscripciones existentes en el Registro, debe procederse a la elaboración de una disposición de carácter general de modificación de todos aquellos ficheros que no cuenten en su inscripción con un nivel de seguridad asignado, especificándose el nivel de seguridad que les corresponde según la nueva regulación introducida por el citado Reglamento.

En el ámbito de la Consejería de Sanidad, la modificación y supresión de ficheros de datos personales que lleva a cabo la presente Orden se justifica en la falta de uso de alguno de estos ficheros, así como en la reorganización de los expedientes personales de los empleados públicos de servicios centrales de esta Consejería, y el cumplimiento de lo establecido por el Real Decreto 1720/2007 en materia de niveles de seguridad.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará mediante disposición de carácter general, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, el Decreto 99/2002, de 13 de junio, del Consejo de Gobierno, regula el procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

En el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, la aprobación de aquella disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y al trámite de audiencia reglamentario.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo primero

Modificación de ficheros

Se modifican los ficheros de datos de carácter personal de los que es responsable la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad, y que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, en los términos y condiciones establecidos en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

La modificación consiste en especificar el nivel de seguridad que corresponde a los ficheros afectados, de acuerdo con la nueva regulación introducida por el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007.

Artículo segundo

Supresión de ficheros

Se suprimen los ficheros de carácter personal de los que es responsable la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad y que se relacionan en el Anexo II de la presente Orden, en los términos y condiciones establecidos en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

Artículo tercero

Derechos de los afectados por los ficheros

Las personas cuyos datos se incluyan en los diferentes ficheros podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el órgano responsable del fichero.

Artículo cuarto

Garantías de utilización de los ficheros

La Secretaría General Técnica, en cuanto órgano administrativo responsable de los ficheros que se modifican mediante esta Orden, adoptará las medidas necesarias para asegurar que los datos personales contenidos en los ficheros se utilicen para la finalidad única para la que fueron recogidos, así como para hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica 15/1999, en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, que la desarrolla.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 2 de octubre de 2009.

El Consejero de Sanidad,
 JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS

ANEXO 1

MODIFICACIÓN DE FICHEROS DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD

1.  Nombre: “Condecoraciones Manual”.

2.  Código: 2050960002.

3.  Modificación: Se asigna nivel de seguridad BÁSICO.

1.  Nombre: “Fundaciones”.

2.  Código: 1973170546.

3.  Modificación: Se asigna nivel de seguridad BÁSICO.

1.  Nombre: “Expediente”.

2.  Código: 1973170543.

3.  Modificación: Se asigna nivel de seguridad básico y se integran en él datos del fichero “Expedientes Personales”, que se suprime, de acuerdo con el Anexo II.

ANEXO II

SUPRESIÓN DE FICHEROS DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD

1.  Nombre: “Judicial”.

2.  Código: 1973170549.

3.  Motivo de la supresión: Falta de uso.

4.  Destino de la información: Se procede a su destrucción.

1.  Nombre: “Expedientes Personales”.

2.  Código: 2040301557.

3.  Motivo de la supresión: reorganización de los expedientes de los empleados públicos de Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad.

4.  Destino de la información: integración en el fichero “EX­PEDIENTE” con código 1973170543.

1.  Nombre: “Personal y Laboral”.

2.  Código: 2040302206.

3.  Motivo de la supresión: Reorganización de los expedientes de los empleados públicos de Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad.

4.  Destino de la información: integración en el fichero “EX­PEDIENTE” con código 1973170543.

1.  Nombre: “REFA”.

2.  Código: 1973170553.

3.  Motivo de la supresión: Falta de uso.

4.  Destino de la información: Se procede a su destrucción.

1.  Nombre: “INICIATIVA”.

2.  Código: 1973170548.

3.  Motivo de la supresión: Falta de uso.

4.  Destino de la información: Se procede a su destrucción.

(03/33.416/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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