Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.1.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091021-0189
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A) Disposiciones Generales Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno
De conformidad con lo previsto en los artículos 28 y 29 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, la fijación y modificación de la cuantía de los precios públicos se realizará cuando su importe cubra, como mínimo, los costes económicos originados por la realización de las actividades o la prestación de los servicios o que resulte equivalente a la utilidad derivada de los mismos, por Orden del Consejero competente en razón de la materia. En cumplimiento del punto 3 del artículo 29 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, se ha elaborado la memoria económico-financiera que justifica el importe propuesto y el grado de cobertura de los costes correspondientes a las actividades del subepígrafe F 03-1 Expedición del Carné Joven, en su modalidad del Carné Joven Comunidad de Madrid incluido en el Anexo I del Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el catálogo actualizado de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Juventud y previo informe favorable de la Consejería de Hacienda, DISPONGO Primero Aprobar la cuantía del precio público del subepígrafe F 03.1 Expedición del Carné Joven Comunidad de Madrid, en 4 euros. Segundo El precio público que se fija en la presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Derogación de Órdenes y Disposiciones Quedan derogadas la Orden 3853/1996, de 17 de diciembre, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueba la cuantía del precio público del Carné Joven de la Comunidad de Madrid; la Orden 1482/1999, de 8 de julio, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se dictan las normas para la aplicación del precio público por la expedición del Carné Joven de la Comunidad de Madrid, y la Orden 5816/2004, de 14 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la cuantía del precio público del Carné Joven ( + 26) de la Comunidad de Madrid, así como las disposiciones de rango inferior que sean contrarias a esta Orden. Dada en Madrid, a 11 de septiembre de 2009. El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ (03/34.147/09) |