Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0114
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 47 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Isabelino Guerrero, contra la empresa “Electricidad y Climatizaciones Interiores, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución de fecha 13 de marzo de 2009, y propuestas de providencia de fechas 14 de abril de 2009, 29 de mayo de 2009 y 22 de julio de 2009, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: Auto En Madrid, a 13 de marzo de 2009 Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Isabelino Guerrero, contra “Electricidad y Climatizaciones Exteriores, Sociedad Limitada”, por un importe de 5.990,48 euros de principal, más 449,28 euros y 599,04 euros para intereses y costas que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detallan. c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2807/0000/0047/09, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El secretario judicial, Fernando Benítez Benítez.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García. Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 14 de abril de 2009. Por recibida del Servicio Común de Notificaciones y Embargos la anterior diligencia negativa de notificación y embargo a la empresa ejecutada, “Electricidad y Climatizaciones Interiores, Sociedad Limitada”, únase a los autos y ejecutoria de su razón. Visto el estado de las presentes actuaciones líbrese comunicación a la Oficina de Averiguación Patrimonial a fin de que nos indique otros posibles domicilios de la citada empresa ejecutada. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 29 de mayo de 2009. Por recibida la anterior comunicación de la Oficina de Averiguación Patrimonial, únase a la ejecutoria de su razón. Visto el contenido de la misma se acuerda remitir nueva comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, en la dirección facilitada por la Oficina de Averiguación Patrimonial, calle Porto Alegre, número 4, Alcorcón (Madrid), al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades, por las que se despacha ejecución. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 16 de septiembre de 2009. Por recibida la anterior diligencia negativa de notificación y embargo, únase a los autos y ejecutoria de su razón. Visto el contenido de la misma se acuerda que, desconociendo el paradero de la empresa ejecutada, se acuerda notificar por medio de edictos el auto de ejecución y demás resoluciones judiciales dictadas por este Juzgado, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiendo que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Providencia Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 22 de julio de 2009. Dada cuenta; visto el estado que presentan las actuaciones, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 248.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 95 de la Ley General Tributaria, teniendo en cuenta los intereses públicos y privados afectados en el asunto de que se trata y por haberse agotado los demás medios o fuente de conocimiento sobre la existencia de bienes y derechos de la deudora, líbrese oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial del Ministerio de Economía y Hacienda y al Ayuntamiento correspondiente a fin de localizar bienes y derechos titularidad de la parte ejecutada, diligenciándose a través del Servicio de Apoyo del Decanato de esta ciudad. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Electricidad y Climatizaciones Exteriores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/32.786/09) |

