Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0076

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 388 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Leal Beneítez, contra la empresa “Ediciones Deusto, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de julio de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que, llamado por el agente judicial, y no obstante estar citado en forma legal, no comparece el actor para asistir a los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para el día de hoy, a las nueve y cuarenta horas de su mañana.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 20 de julio de 2009.

Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida de su demanda, y archívese el procedimiento sin más trámite.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma, se podrá interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social sustituto (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ediciones Deusto, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.199/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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