Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0071
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 2 DE LEGANÉS EDICTO En el juicio verbal de desahucio por falta de pago número 166 de 2008 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Sentencia En Leganés (Madrid), a 2 de febrero de 2009.—Vistos por mí, doña Elena Sanabria Seguido, magistrada-juez sustituta de los Juzgados de Leganés, actuando reglamentariamente en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de esta localidad, los autos de juicio verbal de desahucio número 166 de 2008, seguidos a instancias de “Terrenos Industrias y Almacenes, Sociedad Anónima” (“TIASA”), representada por la procuradora señora Ruiz Resa y defendida por la letrada señora Méndez Ceño, contra don Rolando Alberto Muñoz Correa, declarado en rebeldía. Fallo Estimando la demanda presentada por la procuradora señora Ruiz Resa, en nombre y representación de “Terrenos Industrias y Almacenes, Sociedad Anónima” (“TIASA”), contra don Rolando Alberto Muñoz Correa, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio del demandado de las naves números 277 y 276, sitas en la calle Trueno, número 16, del polígono industrial de San José de Valderas II, de Leganés (Madrid), condenando a dicho demandado a que deje libre y a disposición de la parte actora las mismas dentro del plazo legalmente establecido de un mes, apercibiéndole de lanzamiento a su costa si no lo hiciere, condenándole, igualmente, a abonar a la actora la cantidad de 1.788,35 euros, más el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta aquella en la que tenga lugar su total y completo pago, más las rentas que se devenguen hasta el momento en que las naves queden a disposición de la parte actora, a razón de 89,77 euros cada mes por cada una de las naves y cuyo importe se fijará en la ejecución de sentencia, y al abono de las costas causadas en el presente juicio. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Rolando Alberto Muñoz Correa, con documento nacional de identidad número X-216278-D, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide la presente en Leganés, a 30 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado). (02/11.735/09) |

