Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-10-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0044

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Coordinación Institucional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

Acuerdo de 8 de octubre de 2009, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifica el Acuerdo de 18 de junio de 2007, por el que se establece la organización y estructura de los Distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los concejales-presidentes y en los gerentes de los Distritos.

La Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en su artículo 14.3.h), atribuye al alcalde la competencia para acordar, al inicio del mandato, el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración Municipal, y en el 17.1.h) asigna a la Junta de Gobierno la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración Municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

Al amparo de dichas previsiones, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, mediante Acuerdo de 18 de junio de 2007, estableció la organización y estructura de los Distritos delegando competencias en las Juntas Municipales, en los concejales-presidentes y en los gerentes.

El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, atribuyendo a los concejales-presidentes de Distrito la competencia para otorgar las licencias para la instalación de muestras, banderines, toldos y elementos análogos, así como rótulos y otros elementos de identificación de actividades y establecimientos, en los términos previstos en el título 8 de la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior de 30 de enero de 2009.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de la Vicealcaldía, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 8 de octubre de 2009, acuerda:

Primero.—Modificar el artículo 4.2 V.a) 6 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio de 2007, por el que se establece la organización y estructura de los Distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los concejales-presidentes y en los gerentes de los Distritos, que queda redactado en los siguientes términos:

“6.  Obras exteriores en edificios que no estuvieran incluidas en ninguno de los apartados anteriores, así como las relativas a la instalación de los elementos de señalización e identificación de actividades y establecimientos: muestras, banderines, toldos y elementos análogos, así como rótulos y otros elementos de identificación”.

Segundo.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Tercero.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de la Vicealcaldía a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Cuarto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

Quinto.—Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.

Sexto.—El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, 8 de octubre de 2009.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, PS, el subdirector general, Cirilo García Teresa.

(03/33.015/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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