Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-10-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091024-0078

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE NAVALCARNERO

EDICTO

Doña Regina María González Lozano, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 35 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Navalcarnero, a 24 de febrero de 2009.—Vistos por mí, don Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Navalcarnero y su partido, en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 35 de 2009, sobre falta de hurto del artículo 623.1, interviniendo: como denunciante, doña Sandra San José Palacios; como perjudicada, la entidad “Máximo Dutti”, y como denunciada, doña Martha Amparo Vásquez Miranda. Asiste el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que condeno a doña Martha Amparo Vásquez Miranda, como autora de una falta de hurto, a la pena de multa por tiempo de treinta días, con una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 90 euros de multa, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, con imposición de las costas del juicio, si las hubiere.

Contra esta resolución cabe interponer en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial, recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Martha Amparo Vásquez Miranda, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 16 de septiembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/32.562/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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