Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091024-0176

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de lo social del número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 479 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Rocha García, don Joao César Silva Monteiro, don Javier Palazón Carrillo y doña Raquel Baquero Martínez, contra la empresa “Arganet, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de septiembre de 2009.

Visto por doña María Isabel Sainz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por reclamación de cantidad con el número de autos 479 de 2009, a instancias de don Juan Antonio Rocha García, don Joao César Silva Monteiro y don Javier Palazón Carrillo, asistidos del letrado don Ignacio Martín de la Bárcena Garcimartín, frente a la empresa “Arganet, Sociedad Limitada”, que no comparece y con citación del Fondo de Garantía Salarial, así como los autos acumulados a aquellos, seguidos frente a la misma empresa a instancias de doña Raquel Baquero Martínez y con el número de autos 480 de 2009; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que estimando las demandas de reclamación de cantidad entabladas por don Juan Antonio Rocha García, don Joao César Silva Monteiro, don Javier Palazón Carrillo y doña Raquel Baquero Martínez, contra la entidad “Arganet, Sociedad Limitada”, y con la citación del Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonar a cada uno de los demandantes las cantidades que se indican a continuación para cada uno de ellos, más el recargo del 10 por 100 por mora:

A don Juan Antonio Rocha: 12.044,08 euros.

A don Joao César Silva: 8.023,54 euros.

A don Javier Palazón: 9.025,27 euros.

A doña Raquel Baquero Martínez: 7.145,70 euros.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario y dentro de los supuestos legales incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arganet, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.578/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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