Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-10-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091028-0063

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

BUSTARVIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por decreto de la Alcaldía-Presidencia, de fecha de 30 de septiembre de 2009, ha sido aprobado el padrón del impuesto de actividades económicas correspondiente al ejercicio 2009. En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dicho padrón durante el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarlo, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante el alcalde-presidente como paso previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 15 de septiembre y el 16 de noviembre de 2009 se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes al padrón anteriormente señalado.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 62 de la misma.

Lugar de pago

En cualquier oficina de:

— “Caja de Madrid”: cuenta 2038/2260/17/6000116755.

— “Banesto”: cuenta 0030/1888/74/0000992271.

Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Bustarviejo, a 30 de septiembre de 2009.—El alcalde, José Manuel Fernández Fernández.

(02/11.657/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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