Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091028-0230
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS PARACUELLOS DE JARAMA URBANISMO Por resolución de Alcaldía, de 14 de octubre de 2009, se ha adoptado el siguiente acuerdo: “Examinado el expediente y el proyecto modificado de compensación de la actual AI-3 (antigua UA-10) del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama, y a la vista del informe favorable del arquitecto municipal junto con la documentación que acompaña, una vez efectuadas las modificaciones o rectificaciones derivadas de la estimación de las alegaciones presentadas, durante el período de información pública, al acuerdo de modificación de dicho proyecto, mediante decreto de Alcaldía de fecha 29 de septiembre de 2009, de conformidad con el informe técnico-jurídico que obra en el expediente, y en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente, en concreto, el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por medio de la presente resuelvo: 1. Aprobar definitivamente el proyecto modificado de compensación de la actual AI-3 (antigua UA-10) del Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos de Jarama, presentado por la Junta de Compensación de dicha Unidad de Actuación, con las rectificaciones, consecuencia de las alegaciones estimadas al mismo. 2. Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. 3. Notificar el presente acuerdo a los interesados y, una vez firme en vía administrativa, que se otorgue el documento público que exprese su contenido, inscribiéndose en el Registro de la Propiedad. 4. Incorporar al patrimonio municipal de suelo o afectar a los usos previstos en el mismo, todos los terrenos de cesión obligatoria y gratuita, en pleno dominio y libre de cargas, de conformidad con lo recogido en la Ley del Suelo, Reglamento de Gestión Urbanística y normativa de aplicación”. Lo que se comunica para conocimiento público y oportunos efectos, significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente, transcurrido el cual, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que deba entenderse presuntamente desestimado. Paracuellos de Jarama, a 15 de octubre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/11.905/09) |

