Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-11-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091102-0015

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 5
DE MÓSTOLES

EDICTO

En el juicio de procedimiento ordinario número 1.033 de 2007 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 140 de 2009

En Móstoles, a 18 de junio de 2009.—En nombre de Su Majestad el Rey.

Vistos por la señora doña Beatriz López Frago, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Móstoles, los presentes autos de juicio ordinario número 1.033 de 2007, tramitados en este Juzgado a instancias de don Manuel Zapata Catarro, representado por el procurador de los tribunales don Carlos Navarro Blanco y asistido por el letrado don Juan Fernández Moreno, contra don Juan Hernández Zaballos, representado por el procurador de los tribunales don Samuel Martínez de Lecea y asistido por la letrada doña Magdalena Sanjurjo Jorge, y contra don Rafael Sosa Puebla, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad; y...

Fallo

Estimando la demanda formulada por don Manuel Zapata Catarro, representado por el procurador de los tribunales señor Navarro Blanco, contra don Juan Hernández Zaballos, representado por el procurador señor Martínez de Lecea, y contra don Rafael Rosa Puebla, declarado en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a don Juan Hernández Zaballos a que abone al actor la suma de 23.608,64 euros de principal, y debo condenar y condeno al demandado don Rafael Rosa Puebla a que abone al actor la cantidad de 23.608,64 euros de principal, en ambos casos dicha cantidad devengará el interés legal del dinero a contar desde la interpelación judicial y hasta la fecha de la presente resolución, y el legal del dinero incrementado en dos puntos a contar desde la presente resolución y hasta su completo pago, con expresa imposición a los demandados de las costas del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación dentro del quinto día para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Rafael Sosa Puebla la sentencia dictada, el cual podrá interponer recurso de apelación conforme a lo dispuesto en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En Móstoles, a 31 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(02/11.909/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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