Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091102-0112
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 88 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 495 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 25 de mayo de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Gracia Esteban Guadalix, en nombre y representación de “Govalsa, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra don José Arcones Fresno, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el día 1 de junio de 2007 referente al local sito en Madrid, en la calle Olid, número 4, debiendo el demandado dejarlo libre y a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento, y debo condenar y condeno a don José Arcones Fresno a abonar a la actora la cantidad de 6.311,39 euros, más las que se devenguen hasta que obtenga la posesión del mismo, con los intereses legales expresados, y al pago de las costas causadas. Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelación que deberá prepararse, ante este Juzgado, conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero de 2000, y conforme al artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no se admitirá el recurso de apelación si al prepararlo no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas. Se tiene por señalado para el lanzamiento el día 17 de septiembre de 2009, a las nueve y treinta horas, siempre que la parte actora lo solicite en la forma señalada en el artículo 549 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la parte demandada no recurra la sentencia. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de don José Arcones Fresno se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de la sentencia y para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, quedando la procuradora de la parte actora autorizada para su diligenciado. En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (02/11.630/09) |

